Supongo que sos de la Argentina, y que la pregunta se refiere a una Sociedad Anónima.
En el libro de actas de asamblea se transcriben las actas de las reuniones de los accionistas. Estas reuniones pueden ser asambleas ordinarias o extraordinarias.
Las asambleas ordinarias se realizan una vez al año, para aprobar la memoria anual, los estados contables y si corresponde, renovar las autoridades.
Las asambleas extraordinarias se realizan cuando las convoque el directorio, para otros temas distintos de los indicados precedentemente.
Las asambleas se convocan mediante aviso en el boletín oficial por 5 días. Se puede prescindir de la publicación cuando se tiene la certeza de que asistirán todos los accionistas sin excepción. En este caso la asamblea se denomina unánime, y las resoluciones deben tomarse por unanimidad.
Los presentes en la asamblea deben firmar en el libro de deposito de acciones y asistencia a asambleas.
En el libro de actas de directorio se transcriben las actas de las reuniones del organo de administración de la sociedad, que se denomina directorio.
Es obligatorio que el directorio se reúna al menos una vez cada tres meses, o toda vez que sea convocado por el presidente.
El directorio puede ser unipersonal, compuesto por un unico directoir con el cargo de presidente (es lo más habitual en las sociedades pequeñas). El director suplente no esta obligado a conbcurrir a las reuniones de directorio, ya que por su carácter de suplente en realidad no está en funciones.
En las actas de reuniones de directorio se transcriben todas las resoluciones de la sociedad: la convocatoria a asambleas, la toma de conocimiento de transferencias de acciones (que se transcribe además en el libro de registro de accionistas), las aceptaciones de cargo y renuncias de directores, el otorgamiento de poderes, autorizaciones para compra o venta de inmuebles, aprobación de la memoria y de los estados contables (que surgen de los libros contables; "Diario" e "Inventario y Balances") y todo otro asunto importante relativo a la entidad.
Para más detalles, podes consultar la ley 19550 de sociedades, en:
http://www.infoleg.gov.ar